A- de 2002
Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett
✓Demandante Carlos Enrique Bustamante Vs. Icbf
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Juez de familia y no civil del circuito
- Juez civil del circuito
- Procedencia excepcional por vulneración del debido proceso
- Improcedencia para el caso
- Falta de competencia funcional del ICBF
- Inaplicación de resolución que da competencia al ICBF para resolver casos de restitución de menores
- Ausencia por parte del ICBF
- Presupuestos para declarar la nulidad
- No existe relevancia entre la distinción de poderes
- Se tuvo en cuenta al adoptar la decisión
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se denegó la solicitud de nulidad de la Sentencia T-357/02 proferida por la Sala Séptima de Revisión de la Corte Constitucional, toda vez que como lo señaló la Corte “resulta claro que si la persona ha intervenido oportunamente en el proceso, a pesar de que nunca fue notificado de la iniciación del mismo –lo que en gracia de discusión supone una irregularidad-, en todo caso se ha satisfecho el propósito de la notificación y se le ha permitido oponerse a los argumentos del demandante.
Es decir, a pesar de la ‘irregularidad’, el derecho sustantivo –derecho de contradicción- no se ha vulnerado”, por lo cual este cargo tampoco está llamado a prosperar.
Con todo lo anterior demuestra entonces que la solicitud de nulidad ha de ser denegada.
Contra esta decisión no procede recurso alguno.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- decision al presidente del Senado de la Republica, al presidente de la Camara de Representantes y al presidente del Consejo Superior de la Judicatura.
- Septimo. LIBRESE por Secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.